Preguntas y respuestas sobre el nuevo coronavirus (COVID-19)

https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/documentos/20200312_Preguntas_respuestas_2019-nCoV.pdf

¿QUÉ ES EL NUEVO CORONAVIRUS?
Los coronavirus son una amplia familia de virus que normalmente afectan sólo a animales. Algunos
tienen la capacidad de transmitirse de los animales a las personas.
El nuevo coronavirus SARS-CoV-2 es un nuevo tipo de coronavirus que puede afectar a las personas y se
ha detectado por primera vez en diciembre de 2019 en la ciudad de Wuhan, provincia de Hubei, en China.
Todavía hay muchas cuestiones que se desconocen en relación a la enfermedad que produce: COVID-19.
¿CUÁLES SON LOS SÍNTOMAS DE COVID-19?
Los síntomas más comunes incluyen fiebre, tos, y sensación de falta de aire. En algunos casos también
puede haber síntomas digestivos como diarrea y dolor abdominal. La mayoría de los casos presentan
síntomas leves.
En casos más graves, la infección puede causar neumonía, dificultad importante para respirar, fallo renal
e incluso la muerte. Los casos más graves generalmente ocurren en personas de edad avanzada o que
padecen alguna enfermedad crónica, como enfermedades del corazón, del pulmón o
inmunodeficiencias.
¿CUÁLES SON LOS GRUPOS VULNERABLES?
Los principales grupos vulnerables son los mayores de 60 años, hipertensión arterial, diabetes,
enfermedades cardiovasculares, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer, inmunodeficiencias, y el
embarazo por el principio de precaución.
¿CÓMO SE TRANSMITE EL NUEVO CORONAVIRUS?
Parece que la transmisión es por contacto estrecho con las secreciones respiratorias que se generan con
la tos o el estornudo de una persona enferma. Su contagiosidad depende de la cantidad del virus en las
vías respiratorias. Estas secreciones infectarían a otra persona si entran en contacto con su nariz, sus
ojos o su boca. Parece poco probable la transmisión por el aire a distancias mayores de uno o dos
metros. Con el conocimiento actual, las personas que no presentan síntomas no transmiten la
enfermedad.
¿CUÁLES SON LAS ZONAS DE TRANSMISIÓN COMUNITARIA?
Actualmente existen zonas de transmisión comunitaria en España y otros países. Según la evolución de
la situación estas zonas pueden ir variando. Se puede consultar el mapa de zonas de transmisión
comunitaria en: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCovChina/areas.htm
¿EXISTE UN TRATAMIENTO PARA EL COVID-19?
No existe un tratamiento específico, pero se están empleando algunos antivirales que han demostrado
cierta eficacia en estudios recientes. Sí existen muchos tratamientos para el control de sus síntomas por
lo que la asistencia sanitaria mejora el pronóstico.
Al ser una infección producida por virus, los antibióticos no deben ser usados como un medio de
prevención o tratamiento.
¿QUÉ PUEDO HACER PARA PROTEGERME?
Las medidas genéricas de protección individual frente a enfermedades respiratorias incluyen:
– Higiene de manos frecuente (lavado con agua y jabón o soluciones alcohólicas), especialmente
después de contacto directo con personas enfermas o su entorno.
– Al toser o estornudar, cubrirse la boca y la nariz con el codo flexionado.
– Usar pañuelos desechables, y tirarlos tras su uso.
– Si se presentan síntomas respiratorios, evitar el contacto cercano (manteniendo una distancia
de un metro aproximadamente) con otras personas.
– Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca, ya que las manos facilitan la transmisión.
No hay que tomar precauciones especiales con los animales en España, ni con los alimentos, para evitar
esta infección.
¿DEBO UTILIZAR MASCARILLAS PARA PROTEGERME?
La población general sana no necesita utilizar mascarillas. Las mascarillas ayudan a prevenir la
transmisión del virus si las llevan las personas que están enfermas.
Los profesionales sanitarios indicarán el uso de mascarillas en aquellas situaciones en las que se
considere necesario en cada caso.
Un uso inadecuado de mascarillas puede contribuir a un desabastecimiento de las mismas en aquellas
situaciones para las que están indicadas.
¿SE RECOMIENDA VIAJAR?
Actualmente no se recomienda viajar a no ser que sea estrictamente necesario.
¿QUÉ TENGO QUE HACER SI TENGO SÍNTOMAS?
Las personas que presenten alguno de los siguientes síntomas respiratorios (fiebre, tos y sensación de
falta de aire) y vivan o hayan estado en los 14 días previos en una zona de transmisión comunitaria, o
hayan tenido contacto estrecho en los 14 días previos con una persona que sea un caso probable o
confirmado, deberán quedarse en su domicilio y contactar con los servicios de salud telefónicamente
llamando al teléfono habilitado de tu Comunidad Autónoma, se pueden consultar en:
http://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/telefonos.htm.
Los servicios sanitarios valorarán su estado de salud y el antecedente de viaje y el posible contacto con
casos de coronavirus.

ENLACES DE INTERÉS
Para más información, se pueden consultar las siguientes fuentes oficiales:
Ministerio de Sanidad: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCovChina/home.htm
Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC):
https://www.ecdc.europa.eu/en/novel-coronavirus-china
Organización Mundial de la Salud (OMS): https://www.who.int/health-topics/coronavirus


El Gobierno hace uso de este mecanismo, previsto en el artículo 116 de la Constitución, con el fin de garantizar la protección de la salud de los ciudadanos, la contención de la enfermedad y el refuerzo del sistema de salud pública.

«Ponemos en el centro de nuestras prioridades la salud de las personas» ha señalado el presidente en su comparecencia ante los medios de comunicación al término del Consejo de Ministros.

Al tiempo que se garantiza el suministro alimentario y se promueven medidas de distanciamiento social, este decreto permite desplazamientos de primera necesidad. El cumplimiento de las medidas decretadas será asegurado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como por la Policía autonómica y local, que quedan bajo las órdenes directas del ministro del Interior, y se podrá requerir también la actuación de las Fuerzas Armadas.

Asimismo, el presidente ha indicado que el próximo Consejo de Ministros aprobará nuevas medidas de apoyo económico y científico que se sumarán a las ya activas en el Plan de Choque Económico iniciado el pasado día 10 de marzo. En concreto, se desarrollarán en cuatro ámbitos: apoyo a trabajadores, autónomos, empresarios, familias y colectivos vulnerables; flexibilización de los mecanismos de ajuste temporal de actividad para evitar despidos; apoyo a la actividad económica de las empresas para garantizar la liquidez y por último, apoyo a la investigación de la vacuna del coronavirus.

El presidente ha expresado en su intervención su reconocimiento a los profesionales de la salud, a quienes considera ejemplo de heroicidad por su entrega y trabajo estos días, reconocimiento que ha hecho extensivo a las autoridades públicas y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Igualmente, ha agradecido a investigadores, al mundo de la cultura, empresarios y autónomos, medios de comunicación, donantes de sangre, familias y cuidadores de personas vulnerables, por su colaboración en sus respectivas actuaciones a la lucha que unidos, ha dicho, vamos a ganar.

Contenido del decreto

Pool Moncloa / Borja Puig de la Bellacasa

Durante el periodo establecido, la circulación deberá realizarse individualmente y se limitará a actividades de primera necesidad, tales como compras de alimentos o medicamentos, asistencia a centros sanitarios o entidades financieras, retorno a la residencia habitual o asistencia a personas vulnerables. También se exceptúan los desplazamientos al lugar de trabajo.

El transporte de viajeros, tanto público como privado, reducirá su oferta al menos a la mitad durante los próximos 15 días, salvo los servicios ferroviarios de cercanías, que la mantendrán. Los vehículos de transporte de pasajeros seguirán una rutina de limpieza diaria basada en las recomendaciones del Ministerio de Sanidad.

El suministro de alimentos quedará garantizado, asegurando no solo el funcionamiento de los centros de producción, sino también de la cadena de distribución. En particular, se podrá, si es necesario, acompañar a los vehículos de transporte de alimentos, y establecer corredores sanitarios para la entrada y salida de productos. Asimismo, las aduanas priorizarán el tránsito de productos de primera necesidad.

Del mismo modo, se garantizará el abastecimiento de los productos necesarios para la salud pública, pudiendo el Ministro de Sanidad impartir las órdenes necesarias para hacerlo efectivo.

Los comercios de hostelería podrán prestar exclusivamente servicio a domicilio, mientras que otro tipo de locales de espectáculos, o donde se realicen actividades culturales, artísticas, deportivas, y similares deberán suspender su apertura estos días.

Igualmente, se suspende la actividad escolar presencial en todos los niveles educativos en favor de actividades educativas online durante este periodo.

Refuerzo del Sistema Nacional de Salud

El ministro de Sanidad tendrá bajos sus órdenes directas a las autoridades civiles de las Administraciones Públicas de todo el país, en particular las sanitarias, para asegurar su plena disposición y garantizar una mejor distribución territorial de medios técnicos y humanos. Por tanto, todos los medios sanitarios civiles y militares, públicos y privados, se ponen a disposición del ministro de Sanidad.

Periodo de aplicación

La declaración de estado de alarma afectará a todo el territorio nacional durante los próximos 15 días naturales, prorrogable en los términos y con los requisitos previstos en la normativa aplicable. El decreto entrará en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/resumenes/Paginas/2020/14032020_alarma.aspx


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